LOS PROPIETARIOS O
LOS OPERADORES DE LOS BUQUES
TIENEN LA OBLIGACION Y RESPONSABILIDAD
DE SOLICITAR
LA RENOVACION DE LAS LICENCIAS EXPIRADAS
DISCLAIMER:
Aunque PAX MARE enviará notas a sus clientes recordándoles en la obligación de solicitar
la renovación como parte de nuestro servicio al cliente, es muy importante aclarar que ni Kongsberg, como fabricantes de los libros
electrónicos, ni Pax Mare ni ninguno de sus agentes están en la obligación de recordar al cliente la obligación de renovar sus Licencias.
Las Licencias de los Libros Electrónicos son validas por un año a partir de la fecha de expedición.
Si el buque panameño ya usa a bordo el sistema de libros Electrónicos fabricado por Kongsberg Maritime AS,
ya debe de haber obtenido su Licencia Anual de uso del Libro Electroncito al momento de la instalación del sistema.
Pax Mare ha sido nombrada en representación del fabricante y de los usuarios para tramitar la obtención
de la Licencias y de las renovaciones asegurándose que todos y cada uno de los buques que usen a bordo el
sistema de libro electrónico obtiene una Licencia oficial.
Kongsberg Maritime AS como fabricante de los Libros electrónicos y debidamente autorizado por la Autoridad
Marítima de Panamá esta en la obligación de entregar cada seis meses un informe completo y detallado de todos
los buques panameños que hayan instalado a bordo el sistema de libro electrónico, el tipo de libro electrónico
y las Licencias obtenidas.
Es de suma importancia que el fabricante cumpla con este requisito legal ya que la falta de cumplimiento
perjudicara la aprobación oficial dada al fabricante. De la misma manera, la ausencia de Licencia resultará
en que el buque sea multado.
Para los casos donde sea necesaria la renovación de una Licencia, les exhortamos a que nos contacte al
menos 45 días antes de la fecha de expiración para comenzar los procedimientos de renovación con antelación,
principalmente si la fecha de renovación coincide con la temporada de los pagos de los Impuestos Anuales
de los buques.
Es importante enfatizar que para poder efectuar la renovación de la licencia, el buque debe encontrarse
a Paz y Salvo con el Tesoro Nacional.
El periodo del año fiscal para los buques es entre el 1ro de Enero y el 31 de Diciembre de cada año.
Sin embargo, existe un periodo de gracia de 30 días - el mes de Enero – para efectuar los pagos de los
impuestos anuales sin incurrir en recargo (10%) ni interés (1% mensual)
Es importante tomar en cuenta que existen ciertas excepciones durante los primeros 365 días de haberse
abanderado el buque en Panamá por primera vez.
Si necesita mas información o asistencia no dude en consultarnos.
Requisitos para la renovación de:
- Solicitud de Licencia rellenada y firmada por el interesado
- Copia de la Patente de Navegación de la Nave
- Copia de la ultima Licencia electrónica obtenida para el buque y para el tipo de Libro electrónico que se desea renovar.
- Copia del Recibo de Impuesto Anual o del Paz y Salvo de la Nave
- Declaración del Fabricante indicando y confirmando que el Libro Electrónico especificado sigue en vigencia y bajo el acuerdo de mantenimiento con el fabricante. para el uso a bordo de la nave.
[Ver Modelo]
- Envío de remesa de Pago a Pax Mare para cubrir el costo de la Licencia electrónica, de los gastos administrativos y del envío de la Licencia una vez sea obtenida.
[see bank details]
- “Check List” donde detalla el envío de los requisitos y refleja la dirección y el método de envío de la Licencia a su destinatario.
[Ver Modelo]
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